miércoles, 18 de julio de 2018

El proyecto de LOP y el 21F




Aún lejano de las preocupaciones cotidianas, pero a la espera de una mayor deliberación sobre sus virtudes y problemas -en la medida en que nos aproximamos a las elecciones generales- fue presentado el proyecto de Ley de Organizaciones Políticas que podría entrar en vigencia este año si es que los actores con poder de decisión tienen la voluntad de tratarlo.

Antes de ingresar en algunos aspectos de su contenido, es digno de ponderar el hecho de su elaboración –y posterior puesta en debate- por dos motivos: el primero es que dos de los consultores que participaron en la misma –Carlos Hugo Molina y Salvador Romero Ballivián- están lejos de simpatizar con la dictadura en curso (Romero fue el último presidente del órgano electoral cuando éste aún gozaba de la confianza ciudadana), y el segundo, al menos en las intenciones, es que estaría poniendo freno a ciertas tendencias dentro del MAS para instaurar un régimen de “partido único” –monumental falacia-.

Por auspiciosa coincidencia, ocurrió que el mismo día, en el mismo lugar, pero en distinto ambiente y con distinto público, el Tribunal Electoral Plurinacional (TSE) y la Asociación Boliviana de Ciencia Política (ABCP) realizaron sendos conversatorios de socialización a propósito del mentado proyecto. Mi persona participó en el segundo de ellos.

Para sintetizar dicho encuentro nos concentraremos en los temas más sensibles, en uno de mi particular interés y, en la relación –suspicacia mediante- de alguno con el 21F.

Transfugio. El proyecto considera tres cuestiones, de las cuales dos entran en contradicción con un artículo que garantiza a los militantes el derecho al disenso (36,g). La otra es obvia y tiene en el diputado Víctor Gutiérrez a su más emblemático exponente: este señor llegó a decir que candidatear por un partido y, a las primeras de cambio, pasarse a otro fue una movida “táctica”. La ley debería prescribir que ante casos como el mencionado, el órgano electoral debería actuar de oficio retirando al tránsfuga y devolviendo el curul a la organización a la que corresponde el mismo.

Alcance. Los partidos sólo podrán concurrir a elecciones generales, reservando las subnacionales para agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas. Pero, ¿qué clase de discriminación es ésta? ¿acaso los partidos no tienen sus instancias locales?

Financiamiento. Enhorabuena, se restablece el financiamiento público y se regula el privado. Sin embargo, mientras no exista una ley de publicidad estatal, el financiamiento disfrazado de comunicación crea una brecha abismal entre la organización en función de gobierno y el resto del sistema.

La formación política ciudadana, que es el asunto que me apasiona, está prescrita, en su financiamiento público, para “años no electorales. Mi consulta es si, por ejemplo, un año en el que realice un referéndum se considera “no electoral” o no –probablemente el reglamento lo aclare-. Por otro lado, no especifica la proporción de los recursos destinada a este efecto. Al respecto, el artículo 53 de la Ley de 1994 señalaba: “Los recursos… serán entregados a los partidos políticos por la Corte Nacional Electoral, sujetos a rendición de cuentas documentada, mediante depósitos a las cuentas bancarias fiscales asignadas a los partidos políticos con arreglo a las previsiones de la presente ley y al Reglamento que, para tal efecto, apruebe el órgano electoral”.

Por último, está el asunto de las primarias. En esta materia no está en cuestión el método propiamente dicho, sino la sospecha de que podrían vaciar de contenido al 21F, legitimando la nominación, mediante este mecanismo, de los personajes a quienes la ciudadanía les dijo “no”. Fue la propia presidente del TSE quien, con voz temblorosa, dio a conocer el resultado vinculante de la consulta popular. Bien haría, ahora –como lo hizo el proyectista Molina reiterando la imposibilidad de la candidatura de Morales Ayma a la Presidencia- en ratificar esta situación para evitar mayores suspicacias.

PD1: No vi una prohibición expresa para la venta de siglas.
PD2: Mientras no se sanee el padrón electoral, ninguna ley será suficiente para garantizar elecciones limpias.

viernes, 6 de julio de 2018

Mucho quibo(rax)



Escena uno: La protagonista, una alta funcionaria de un régimen corrupto, deja por un momento la reunión que sostiene con un grupo de mafiosos aduciendo que debe arreglar cuentas con su vejiga en la toilette. En el interín, dentro de su despacho, el lobbysta, que ya había acordado la acción con la dama, se dirige hacia la computadora de ésta que, por supuesto, tiene toda la información confidencial del Estado y la extrae sin apuro. Diez minutos después –“estos cafés tan ricos”- la mujer vuelve para continuar la negociación con cara de “yo no fui”.

Escena dos: En magistral acto de magia cabildera, la defensa legal del Estado logra una acuerdo de resarcimiento con la empresa a la que un Gobierno anterior le había revertido sus concesiones en el salar de Uyuni por sólo tres millones de dólares que la firma afectada considera justo, monto mucho menor que los cuarenta millones –que luego llegó hasta un descomual ciento cincuenta- que había solicitado al comienzo del arbitraje al que se sometieron ambas partes. Un exprocurador señala que el trato no se materializó porque en el proceso se detectaron hechos dolosos.

¿No hubiese sido adecuado pagar esos tres millones, dar por concluido el pleito y recién ocuparse de los documentos fraguados que, en cualquier caso, no afectaron la resolución del tema a favor del Estado?

Escena tres: Vencido el tiempo para saldar la cuenta con tres millones, la empresa vuelve a su posición inicial, cuarenta millones, y luego va aumentando sus pretensiones hasta arrancarle al Estado cuarenta y dos millones, seiscientos mil dólares de “compensación”, acuerdo que se celebra con un fuerte apretón de manos entre los representantes de las partes.
Estos 42,6 millones son 14,5 veces más que aquellos 3 millones.

Escena cuatro: Puesta en evidencia la regalona manera en la que el Estado defiende sus intereses, al régimen no se le ocurre mejor idea que culpar al expresidente Mesa de tal descalabro; extremo que, por supuesto, no se sostiene por ningún lado pero, ya sabemos, el régimen puede hacer lo que se antoja con la justicia porque forma parte estructural del mismo.

Escena cinco: En otra circense “interpelación” previamente cocinada entre el Procurador y el partido de Gobierno, los ministros “interpelados” fueron ovacionados por el sumiso rodillo oficialista. La nota destacada la puso el propio Mesa quien se presentó en el Parlamento quien, una vez concluido el acto teatral, señaló que éste fue el inicio del juicio que el régimen le seguirá prontamente.

Preguntas: A continuación adapto un cuestionario con preguntas que no han sido convincentemente respondidas por los operadores del régimen.

¿Qué motivó –por favor brindar una respuesta verosímil- la no concreción del preacuerdo de resarcimiento por $us 3.000.000 a Quiborax? ¿En qué anda el caso de falsificación de un acta por parte de representantes de Quiborax? ¿Hubo luego otro preacuerdo por $us 27.000.000? Si así fue ¿por qué no se materializó? ¿Cómo sube abruptamente el monto hasta alcanzar el definitivo de $us 42.600.000? ¿Por qué el Estado se dejó timar de tal forma? ¿Qué rayos se hará con la exsubprocuradora que dizqué dejó abierto su mail y que los demandantes se aprovecharon de su nobleza? ¿El representante de Quiborax fue parte del equipo chileno en el juicio por promesas no cumplidas con Bolivia respecto al tema marítimo?

Conclusión: Soy partidario, por principio de seguridad jurídica, de que toda empresa, nacional o internacional, que sea afectada por el Estado reciba una justa compensación por ello, pero cuando es más que evidente que el Estado se ha dejado esquilmar de esta madera, los involucrados –operadores del régimen- deben asumir su responsabilidad, pero parece que tanto quibo(rax) los ha vuelto caraduras.